Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0353/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
II.9.
II.9. Mediante memorial presentado el 5 de febrero de 2004, el recurrente solicitó nuevo señalamiento de audiencia de modificación de medidas cautelares o, en su caso, de ofrecimiento de fianza para el día 6 de febrero; fijando, la Jueza recurrida, mediante decreto de 5 de febrero de 2004, audiencia para el 18 de febrero (fs. 21 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- 1) p
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , su tramitación debe ser lo más inmediata posible, dada la calidad del derecho que involucra, es así, que los jueces están llamados a otorgarle pronta y especial atención en todo proceso, sin que valgan excusas de otra índole
- III.2.