Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0353/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
II.10
II.10 Por memorial presentado el 5 de febrero de 2004, el recurrente objetó la fecha de celebración de la audiencia, solicitando un nuevo señalamiento dentro de las próximas veinticuatro horas, anunciando, en caso de negativa, interpondrá recurso de hábeas corpus (fs. 22), solicitud que fue rechazada por la Jueza demandada mediante Decreto de 6 de febrero, argumentando no existir tiempo hábil anterior al fijado para la audiencia por estar atendiendo tres Juzgados (fs. 22 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- 1) p
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , su tramitación debe ser lo más inmediata posible, dada la calidad del derecho que involucra, es así, que los jueces están llamados a otorgarle pronta y especial atención en todo proceso, sin que valgan excusas de otra índole
- III.2.