Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0509/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
II.4
II.4 Por otra parte, mediante escritura pública 56 de 10 de enero de 2000, el Juez Quinto de Instrucción en lo Civil efectuó una venta judicial del inmueble referido en el Punto II.1 a favor de Claudia Raquel Antezana Rojas (recurrente), la cual fue registrada en Derechos Reales bajo el Nº 61414 de 11 de febrero de 2000 (fs. 14).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “
- y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- III.2
- por no haberse precisado con exactitud y en forma expresa los derechos fundamentales supuestamente conculcados, suprimidos o amenazados
- APROBAR