Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0512/2004-R
Fecha: 05-Abr-2004
II.4.
II.4. El 17 de marzo de 2003, se instaló la audiencia para la celebración del juicio oral; empero, al no haber asistido los imputados, a petición de la Fiscal, los recurridos dando aplicación a los arts. 87 y 89 del CPP, declararon rebelde al recurrente; y entre otros, dispusieron se expida mandamiento de aprehensión (fs. 38-40), pero no consta en obrados que se hubiera expedido el mismo.