SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0512/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0512/2004-R

Fecha: 05-Abr-2004

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) si bien inicialmente se produjeron vicios procesales de forma, fueron subsanados mediante Auto de 16 de octubre de 2002 con la facultad conferida por el art. 168 del CPP, actuación a partir de la cual se cumplieron todas las formalidades, es así que una vez que se procedió a la aprehensión del recurrente el 12 de septiembre de 2003, en la misma fecha, se dispuso su detención preventiva; b) no existe plazo para el mandamiento de aprehensión; y no es aplicable el art. 182 del CPP; y c) oportunamente se suspendió el juicio oral en aplicación del art. 90 del CPP, como consecuencia de la rebeldía de los imputados; disponiéndose la prosecución mediante resolución de 15 de septiembre de 2003, por lo que no existe procesamiento o detención indebidos que afecten la libertad del recurrente.