Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
1. REVOCAR en parte
1. REVOCAR en parte la Resolución 009/04/SSAI de 4 de marzo de 2004, cursante de fs. 49 a 50, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, manteniendo la improcedencia respecto al Juez de Instrucción Quinto en lo Penal y declarar la PROCEDENCIA del recurso respecto al co-recurrido, Juez de Instrucción Tercero en lo Penal, sin disponer la libertad del recurrente;
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- El recurrido, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, Luis Antonio André
- El co-demandado Juez de Instrucción en lo Penal, Willman Dávila
- a)
- b)
- II.2.
- II.4.
- III.1
- III.2.
- III.3.
- No podrán ser valorados para fundar una decisión judicial, ni utilizados como presupuestos de ella, los actos cumplidos con inobservancia de las formas y condiciones previstas en la Constitución, Convenciones y Tratados internacionales vigentes y en este Código
- corresponde establecer el concepto de domicilio (casa) a que alude el art. 21 de la CPE y que es objeto de protección por el art. 290 del Código penal y, derivado de esto, determinar si resulta necesaria o no la orden judicial de allanamiento para ingresar a una habitación destinada a facilitar albergue temporal a las personas.
- Fragmento 15
- ARTÍCULO 21.
- es decir esta autoridad adoptó la medida en mérito a varios indicios, entre ellos los emergentes del acto ilegal de allanamiento, requisa y secuestro al no haber existido una previa autorización judicial
- III.4.
- III.5.
- 1. REVOCAR en parte