SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
a)
a) La detención dispuesta por el recurrido Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, cumple con las exigencias previstas en los arts. 233 y 236 del CPP, pues no obstante la forma como se produjo la aprehensión del recurrente por parte del Fiscal, la autoridad judicial con la competencia atribuida por el art. 236 del cuerpo legal citado, tomó las previsiones que atingían al caso, ya que hubo imputación formal.
El recurrente sostiene que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la libertad, la defensa y el debido proceso, ya que: a) el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal dispuso su detención preventiva, amparado en una aprehensión ilegal, sin la debida fundamentación y en base a elementos recogidos en contravención a disposiciones procesales y que no acreditan la exigencia del art. 233 del CPP; b) el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal no se pronunció respecto a los actos ilegales, pese a tener la potestad, aún de oficio, de revocar la medida cautelar impuesta.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- El recurrido, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, Luis Antonio André
- El co-demandado Juez de Instrucción en lo Penal, Willman Dávila
- a)
- b)
- II.2.
- II.4.
- III.1
- III.2.
- III.3.
- No podrán ser valorados para fundar una decisión judicial, ni utilizados como presupuestos de ella, los actos cumplidos con inobservancia de las formas y condiciones previstas en la Constitución, Convenciones y Tratados internacionales vigentes y en este Código
- corresponde establecer el concepto de domicilio (casa) a que alude el art. 21 de la CPE y que es objeto de protección por el art. 290 del Código penal y, derivado de esto, determinar si resulta necesaria o no la orden judicial de allanamiento para ingresar a una habitación destinada a facilitar albergue temporal a las personas.
- Fragmento 15
- ARTÍCULO 21.
- es decir esta autoridad adoptó la medida en mérito a varios indicios, entre ellos los emergentes del acto ilegal de allanamiento, requisa y secuestro al no haber existido una previa autorización judicial
- III.4.
- III.5.
- 1. REVOCAR en parte