SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2004-R

Fecha: 13-Abr-2004

III.3.

III.3.      Con relación a la actuación del co-demandado, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal y la presunta falta de fundamentación en su decisión de disponer la detención preventiva del recurrente, se establece que en el Auto 235/2003, la autoridad judicial una vez mencionadas las disposiciones referidas a la presunción de inocencia del imputado, identifica de manera precisa cada uno de los elementos de convicción que le permiten concluir en la probable autoría del actor en los hechos atribuidos y de que no se someterá al proceso, así como de la existencia de peligro de fuga. Es decir, si bien en principio la fundamentación de la orden de detención cumple con las exigencias formales previstas por los arts. 124 y 236 del CPP, corresponde establecer si la decisión judicial tiene o no como fundamento actos contrarios a los derechos y garantías constitucionales, teniendo en cuenta que el actor también sostiene en su demanda que la detención se fundó en elementos recogidos en contravención a disposiciones procesales vinculadas al sistema de garantías reconocido por la Constitución Política del Estado.