Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0575/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
II.3. Por nota de 1 de noviembre de 2003 (fs. 5)
II.3. Por nota de 1 de noviembre de 2003 (fs. 5) los miembros de las directivas de la Junta de Vecinos y del Comité Cívico de Pazña hicieron conocer al Presidente del Concejo Municipal que en las asambleas verificadas el 25 y 30 de octubre se determinó la ampliación de la licencia del recurrente (fs. 5).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2. Mediante nota de 1 de septiembre de 2003
- II.3. Por nota de 1 de noviembre de 2003 (fs. 5)
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- Respecto a los Comités Cívicos, este Tribunal en la misma Sentencia ha señalado lo siguiente:
- pueden tomar acciones de hecho contra el Alcalde y los Concejales,
- REVOCAR en parte