SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0575/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0575/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

II.6.

II.6.       Por nota de 4 de diciembre de 2003 (fs. 41), presentada al Presidente del Concejo Municipal, el recurrente a tiempo de hacer notar que presentó los descargos y aclaró las observaciones al balance las gestiones 2000 y 2001, solicitó su retorno al Concejo Municipal al haber concluido la licencia y la ampliación solicitada. Mediante oficio de 5 de diciembre de 2003, el Presidente del Concejo Municipal pidió al recurrente asista a la sesión ordinaria de 9 de diciembre donde se consideraría su solicitud (fs. 42). No constando ninguna notificación con esa determinación.