Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2004-R
Fecha: 20-Abr-2004
Fragmento 10
La recurrente considera que los recurridos han violado sus derechos a la libertad y a la presunción de inocencia habiéndola sometido a detención indebida, por cuanto, pese a sus continuos reclamos no se ha hecho efectiva la detención domiciliaria dispuesta como medida sustitutiva a la detención en la audiencia verificada el 1 de diciembre del pasado año y continúa detenida en dependencias policiales. Corresponde analizar si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1. Mediante Auto de 1 de diciembre de 2003
- II.2. A través de la nota de 8 de diciembre de 2003 (fs. 15)
- II.3. Mediante memorial de 8 de diciembre de 2003 (fs. 17)
- II.4.
- Fragmento 10
- III.1.
- improcedente la detención preventiva y exista peligro de fuga u obstaculización del procedimiento
- 2)
- 3)
- Fragmento 15
- III.3.
- III.4.
- REVOCA