SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0608/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0608/2004-R

Fecha: 22-Abr-2004

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de La Paz, en ausencia del representante del Ministerio Público, declaró procedente el recurso, ordenando la reincorporación del recurrente, dejando sin efecto la Resolución 16/2002 y que se organice el proceso disciplinario correspondiente observando las normas del debido proceso y derecho de defensa y que no se ejecuten en su contra represalias físicas ni psicológicas, fundamentando que: a) el recurrente a fin de evitar procesos y sanciones disciplinarias respecto a la comisión de un supuesto hurto de dinero, solicitó su baja voluntaria, la que fue aceptada el mismo día simple y llanamente; y b) el 18 de diciembre de 2003, el recurrente se enteró que se había emitido la Resolución 16/2002 la que resolvió su expulsión ignominiosa por existir en su contra plena prueba por la comisión de faltas gravísimas, habiéndose informado por parte del Jefe del Departamento de Recursos Académicos que se sometió al recurrente a un proceso disciplinario, cuyos antecedentes no fueron exhibidos en la audiencia de amparo, no habiendo sido legalmente notificado el recurrente para efectos del cumplimiento de las normas del debido proceso y de los derechos a la defensa y seguridad jurídica.