SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2004

Fecha: 04-May-2004

III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

En el presente recurso se impugna la norma prevista por el art. 89.I de la LTC, en la parte que dispone lo siguiente: “(...) en las capitales de departamento ante la Corte Superior de Distrito en una de sus salas, por turno, o ante un juez de partido de turno, a elección del demandante, y en las provincias, ante juez de partido o en su defecto ante juez de instrucción”; porque a criterio del solicitante vulnera las normas previstas por los arts. 6, 8, 18.I y 228 de la CPE,  y 34 y 35 de la LOJ. En consecuencia, corresponde a este Tribunal verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del recurso y pronunciarse respecto a la impugnación referida.