Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2004-R
Fecha: 06-May-2004
(fs. 19).
II.3. El 22 de diciembre de 2003, el Director Departamental de Trabajo de Santa Cruz, ante la denuncia de los recurrentes, conminó al Presidente del Servicio Nacional de Caminos, para que realice el pago doble de aguinaldo en el término de veinticuatro horas, bajo prevención de sanción y denuncia ante la judicatura laboral (fs. 19).
- recurso de
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- (fs. 1 a 8)
- (fs. 23, 24 y 39-41).
- (fs. 19).
- (fs.54 a 59).
- (fs. 21 y 22).
- Felimón Arteaga Arancibia
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA