Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2004-R
Fecha: 06-May-2004
III.2.
III.2. En el presente caso, se tiene que los recurrentes, eran integrantes de una Comisión que se ocupaba del proyecto caminero "Pavimentación Santa Cruz - Trinidad, en Liquidación", dependiente del SNC y que por diferentes motivos no se les había cancelado sus salarios desde hace ocho meses atrás, no se les canceló sus aguinaldos de navidad, pese a la conminatoria expedida por el Director Departamental del Trabajo, así como tampoco se les reconoció sus vacaciones anuales y otros beneficios previstos por las normas de seguridad social.
- recurso de
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- (fs. 1 a 8)
- (fs. 23, 24 y 39-41).
- (fs. 19).
- (fs.54 a 59).
- (fs. 21 y 22).
- Felimón Arteaga Arancibia
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA