SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2004-R
Fecha: 06-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, solicitaron tutela de sus derechos fundamentales a la vida, a la salud, a la seguridad jurídica, al trabajo y a una remuneración justa, a la libre expresión de ideas y opiniones y a formular peticiones, consagrados por las normas previstas por los arts. 6, 7 incs. a), b), d), h) y j), 156 y 157 de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades recurridas, dado que pese a ser funcionarios del SNC, formando parte de la comisión liquidadora del “proyecto pavimentación del camino Santa Cruz, Trinidad”, no les cancelan sus haberes desde hace 8 meses atrás, ni sus aguinaldos de la gestión 2003, no se les reconoció sus vacaciones desde hace 4 años, sus beneficios a la seguridad social desde hace 1 año y tampoco se les suministró alimentación diaria conforme a Reglamento, pese a que hicieron los reclamos ante dichas autoridades y ante el Director Departamental del Trabajo; más por el contrario, emitieron resoluciones ilegales destituyéndoles sin ordenar el pago de sus sueldos, aguinaldos y de otros devengados. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son ciertos y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- (fs. 1 a 8)
- (fs. 23, 24 y 39-41).
- (fs. 19).
- (fs.54 a 59).
- (fs. 21 y 22).
- Felimón Arteaga Arancibia
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA