Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0689/2004-R
Fecha: 04-May-2004
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución de fs. 65 vta. a 66 pronunciada el 13 de febrero de 2004 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y declarar IMPROCEDENTE el recurso de fs. 20 a 21 de obrados.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la parte recurrente no ha cumplido con su obligación de precisar los derechos y garantías que se consideren amenazados o lesionados
- REVOCAR