SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2004-R
Fecha: 12-May-2004
II.1.
II.1. Dentro del proceso administrativo de investigación por contravención aduanera, se dictó el Auto de inicio de proceso administrativo de 23 de mayo de 2003, contra los despachantes de aduanas Arnulfo Merino Roca -recurrente- y otros por infracción a lo establecido en el art. 58 incs. b) del DS 25870 y numeral primero de la Resolución de Directorio RD 01-016-01(fs. 30), contravención prevista por el art. 186 inc. h) de la LGA. Presentadas las pruebas de cargo y descargo, el Administrador a.i. de la Aduana Interior, por RA SCRZI 198/03, de 7 de julio de 2003, dispuso la suspensión temporal de actividades de las Agencias Despachantes de Aduanas “Oriente” S.R.L. y otras y de los agentes despachantes, entre ellos, el recurrente, por noventa días computables a partir de su legal notificación (fs. 9 a 11).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- b)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.3.
- III.1.
- a) Los recursos gubernativos o administrativos, ó de control interno
- b) Los recursos en vía jurisdiccional o de control externo,
- sin que exista norma expresa que determine tal situación en el procedimiento aplicable al caso
- III.2.
- APRUEBA l
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional