SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0706/2004-R
Fecha: 11-May-2004
II.4.
II.4. Marco Antonio Rosas Baltazar en 23 de septiembre de 2003, presentó solicitud para acogerse al Programa Transitorio del Código Tributario Boliviano y consiguiente pago de tributos y la liberación de su vehículo (fs. 33). Por proveído GROGR 104 de 10 de octubre de 2003 la Aduana Regional Oruro declaró improcedente la solicitud, bajo el argumento de que el referido vehículo se encuentra en la lista consignada a favor del Ministerio de Defensa, dispuesta por el DS 26960 (fs. 18).
II.4. Marco Antonio Rosas Baltazar en 23 de septiembre de 2003, presentó solicitud para acogerse al Programa Transitorio del Código Tributario Boliviano y consiguiente pago de tributos y la liberación de su vehículo (fs. 33). Por proveído GROGR 104 de 10 de octubre de 2003 la Aduana Regional Oruro declaró improcedente la solicitud, bajo el argumento de que el referido vehículo se encuentra en la lista consignada a favor del Ministerio de Defensa, dispuesta por el DS 26960 (fs. 18).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1.Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- - acudió directamente a la vía del recurso de amparo constitucional, sin previamente haber agotado la vía administrativa.”
- III.2.
- III.3.
- REVOCA
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional.