Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0706/2004-R
Fecha: 11-May-2004
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, REVOCA la Resolución revisada y, por ende, declara IMPROCEDENTE el recurso presentado por Eduardo Rosas Baltazar en representación de Marco Antonio Rosas Baltazar.
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, REVOCA la Resolución revisada y, por ende, declara IMPROCEDENTE el recurso presentado por Eduardo Rosas Baltazar en representación de Marco Antonio Rosas Baltazar.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1.Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- - acudió directamente a la vía del recurso de amparo constitucional, sin previamente haber agotado la vía administrativa.”
- III.2.
- III.3.
- REVOCA
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional.