SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0706/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0706/2004-R

Fecha: 11-May-2004

procedente

La Sentencia74/2004 cursante de fs. 59 a 61vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Oruro declara procedente el recurso bajo los siguientes fundamentos: a) es evidente que por el DS 26960 de 11 de marzo de 2003, se adjudicó a título gratuito a favor del Ministerio de Defensa el vehículo marca Ford, aún antes de que se dictara el Auto Definitivo de criterio de oportunidad reglada, como salida alternativa, por el Juez Instructor en 7 de abril de 2003, por el que se dispuso el decomiso definitivo a favor del Estado. Por otro lado dentro del Anexo de Regularización de 19 vehículos automotores, asignados al Ministerio de Defensa, emanado de Resolución Ministerial, ya no se encuentra consignado el mencionado vehículo; b) El Código Tributario Boliviano y su Reglamento normado por el DS 27149 de 2 de septiembre de 2003 fueron promulgados, entre otras cosas, para que los dueños de vehículos indocumentados se acojan al Excepcional Programa de Trámite de Regularización de Vehículos Indocumentados, al que el recurrente pretendía acogerse infructuosamente por la negativa de la autoridad local recurrida, constituyendo esa negativa una vulneración a la seguridad jurídica, al debido proceso y al principio de legalidad; c) la Ley de Procedimiento Administrativo se refiere a actos administrativos normales y comunes de toda la administración pública del país y su normativa no tiene ninguna relación con el Código Tributario Boliviano.

La Sentencia74/2004 cursante de fs. 59 a 61vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Oruro declara procedente el recurso bajo los siguientes fundamentos: a) es evidente que por el DS 26960 de 11 de marzo de 2003, se adjudicó a título gratuito a favor del Ministerio de Defensa el vehículo marca Ford, aún antes de que se dictara el Auto Definitivo de criterio de oportunidad reglada, como salida alternativa, por el Juez Instructor en 7 de abril de 2003, por el que se dispuso el decomiso definitivo a favor del Estado. Por otro lado dentro del Anexo de Regularización de 19 vehículos automotores, asignados al Ministerio de Defensa, emanado de Resolución Ministerial, ya no se encuentra consignado el mencionado vehículo; b) El Código Tributario Boliviano y su Reglamento normado por el DS 27149 de 2 de septiembre de 2003 fueron promulgados, entre otras cosas, para que los dueños de vehículos indocumentados se acojan al Excepcional Programa de Trámite de Regularización de Vehículos Indocumentados, al que el recurrente pretendía acogerse infructuosamente por la negativa de la autoridad local recurrida, constituyendo esa negativa una vulneración a la seguridad jurídica, al debido proceso y al principio de legalidad; c) la Ley de Procedimiento Administrativo se refiere a actos administrativos normales y comunes de toda la administración pública del país y su normativa no tiene ninguna relación con el Código Tributario Boliviano.