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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0709/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0709/2004-R

    Fecha: 11-May-2004

    b)

    b)  El actor fue legalmente notificado en el domicilio procesal que señaló y por el cambio de abogado patrocinante debió señalar un nuevo domicilio para el proceso y al no hacerlo provocó voluntariamente su estado de indefensión, de modo que la notificación practicada de acuerdo al art. 101 del CPC no constituye un acto ilegal y menos una omisión indebida del recurrido, Juez de la causa.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • El Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital,
    • I.2.3. Intervención del tercer interesado
    • b)
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • APROBAR
    • Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional

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