SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2004-R
Fecha: 11-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala como vulnerados sus derechos a la seguridad social y a la seguridad jurídica, en razón a que la autoridad recurrida declaró ejecutoriada la Resolución 101.02 de 18 de junio de 2002, siendo que mantiene el error de cálculo de su renta de vejez, negándole la concesión del recurso de apelación planteado de su parte, pese a sus reclamos, en infracción del principio de informalismo que rige en materia administrativa, pidiendo en definitiva la nulidad de la Resolución 101.02 mencionada. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si los hechos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del amparo constitucional, a fin de otorgar, en su caso, la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- b)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- después de mas de seis meses de haberse pronunciado las Resoluciones señaladas como ilegales
- al determinar que el término máximo para interponer el amparo es de seis meses computables a partir del conocimiento del acto ilegal u omisión indebida, o del agotamiento de los medios administrativos u ordinarios previstos en la ley
- APROBAR
- Regístrese, devuélvase y publíquese en la Gaceta Constitucional