SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0715/2004-R
Fecha: 11-May-2004
derecho a la propiedad privada
Finalmente, conforme al catálogo de los derechos fundamentales consagrados por el art. 7 de la CPE, toda persona tiene derecho a la propiedad privada, individual y colectivamente; derecho que, conforme a la doctrina, consiste en la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para poseer, usar y gozar de un bien, sea de carácter material, intelectual, cultural o científico. (SC 1748/2003-R, de 1 de diciembre).
Establecidos así, los alcances de los derechos y garantías supuestamente lesionados, corresponde verificar si las autoridades recurridas, en el caso concreto, adecuaron su actuación a las exigencias procesales citadas precedentemente; a este efecto es preciso analizar los aspectos vinculados a tales actuados.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1.
- derecho a la seguridad jurídica
- debido proceso
- derecho a la propiedad privada
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional