Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0715/2004-R
Fecha: 11-May-2004
II.5.
II.5. El 22 de julio de 2003, el ahora recurrente dirigiéndose al Juez recurrido solicitó fotocopias legalizadas de todo el proceso (fs. 153), para posteriormente en fecha 8 de agosto de 2003, en la vía incidental plantear oposición al desapoderamiento (fs. 159 vta.), misma que fue rechazada por Auto de 25 de agosto de 2003 (fs. 161 a 162); Resolución que en grado de apelación fue confirmada por la Sala Civil Segunda mediante Auto de Vista de 26 de diciembre de 2003 (fs. 183 y vta. ).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1.
- derecho a la seguridad jurídica
- debido proceso
- derecho a la propiedad privada
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional