Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0715/2004-R
Fecha: 11-May-2004
II.1.
II.1. Por escritura pública 2695/98 de 22 de octubre de 1998, el Banco Boliviano Americano S.A. regional Santa Cruz otorgó, a travez de una línea de crédito y constitución de garantía hipotecaria, un préstamo de $US200.000.- a favor de Maggi Lorena Justiniano Suárez (fs. 25 a 30); a cuya consecuencia, el 23 de octubre de 1998 se anotó preventivamente en DD.RR. la hipoteca privilegiada otorgada por la deudora a favor del Banco acreedor sobre el bien inmueble, cuyo derecho propietario reclama el recurrente (fs. 31).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1.
- derecho a la seguridad jurídica
- debido proceso
- derecho a la propiedad privada
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional