SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2004-R
Fecha: 26-May-2004
Fragmento 12
En el caso analizado, se constata que el vehículo reclamado por la actora, fue secuestrado como emergencia de las investigaciones que lleva a efecto el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, cuyo control jurisdiccional se encuentra bajo la responsabilidad de la Jueza de Instrucción de Yapacaní, quien en un primer momento, mediante Auto de 22 de agosto de 2003, dispuso que el vehículo secuestrado sea puesto bajo custodia y responsabilidad del Fiscal recurrido, Resolución que fue ratificada por Auto de 16 de enero de 2004. Posteriormente, el 26 de febrero de 2004, la Jueza de Instrucción revocó el Auto de 16 de enero y designó como nueva depositaria a la recurrente. Finalmente, el 28 de febrero del mismo año, a requerimiento del Fiscal recurrido, dispuso la incautación del vehículo antes aludido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- si existen indicios suficientes acerca de la condición de bienes sujetos a decomiso o confiscación
- es una privativa del Juez Cautelar
- III.2.
- APRUEBA