Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2004-R
Fecha: 26-May-2004
II.4.
II.4. Mediante Auto de 26 de febrero de 2004, la Jueza de Instrucción revocó el Auto de 16 de enero del mismo año, y designó como nueva depositaria de la vagoneta, azul, marca Fiat con chasis V0403350, sin placa de control, a la recurrente Saturnina Jallasa de Cari (fs. 16); sin embargo, por Auto de 28 de febrero del citado año, y a requerimiento del Fiscal recurrido, la Jueza Cautelar dispuso la incautación del vehículo de referencia, y ordenó que el mismo pasara a la Dirección de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados, toda vez que la depositaria Saturnina Jallaza Cari, sólo fue designada depositaria del mismo (fs. 25- 26).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- si existen indicios suficientes acerca de la condición de bienes sujetos a decomiso o confiscación
- es una privativa del Juez Cautelar
- III.2.
- APRUEBA