Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 813/2004-R
Fecha: 31-May-2004
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120 inc.7) de la CPE, 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Sentencia cursante de fs. 219 vta. a 220, pronunciada el 19 de febrero de 2004, por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Juan Saucedo Velasco, Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- IMPROCEDENTE
- 1.2.4 Tramite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. Del Convenio Colectivo sobre pago de beneficios sociales de 10 de febrero de 2004 (fs. 378-380 de la documentación complementaria remitida),
- II.5.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- APRUEBA