SENTENCIA CONSTITUCIONAL 813/2004-R
Fecha: 31-May-2004
II.3.
II.3. Mario Ticona Mamani, el 10 de febrero de 2004 (fs. 365 de la documentación complementaria) presentó desistimiento, en el que hace constar que con la Empresa demandada suscribieron un Convenio Colectivo de Pago, por el que se llegó a un acuerdo satisfactorio, toda vez que la Empresa demandada había comenzado al pago de sus beneficios sociales, por lo que solicitó la aceptación del mismo y la suspensión de todas la medidas precautorias y de seguridad dispuestas. Por Auto de 16 de febrero de 2004 (fs. 372 y vta. de la documentación complementaria remitida) el juez recurrido aceptó el desistimiento presentado, disponiendo el levantamiento de las medidas precautorias dispuestas contra la Empresa CLISA, “a excepción de las referidas al pago de honorarios del perito y abogados, en tanto no se presente la documentación que acredite el pago” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Juan Saucedo Velasco, Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- IMPROCEDENTE
- 1.2.4 Tramite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. Del Convenio Colectivo sobre pago de beneficios sociales de 10 de febrero de 2004 (fs. 378-380 de la documentación complementaria remitida),
- II.5.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- APRUEBA