SENTENCIA CONSTITUCIONAL 813/2004-R
Fecha: 31-May-2004
II.4. Del Convenio Colectivo sobre pago de beneficios sociales de 10 de febrero de 2004 (fs. 378-380 de la documentación complementaria remitida),
II.4. Del Convenio Colectivo sobre pago de beneficios sociales de 10 de febrero de 2004 (fs. 378-380 de la documentación complementaria remitida), suscrito por Daniel Valle Denis, como representante de la Empresa CLISA y Mario Ticona Mamani, Bernardo Moreno García (apoderados de los Ex trabajadores de CLISA ) y trece delegados de base de los ex trabajadores de Clisa, con referencia al proceso laboral de horas extraordinarias y salarios dominicales, consta que se llegó a los siguientes puntos de acuerdo: 1) CLISA accede al pago de horas extras de los meses de enero y febrero de 2000, a todos los ex trabajadores, con los que existen diferencias irreconciliables o significativas sobre montos a pagar, reconociendo a cada uno de ellos el pago de 15 horas fictas por mes, en forma individual, 2) A las mismas personas, CLISA, reconoce el pago de dos domingos pagados doble por igual periodo y pagando en la misma forma que en el numeral anterior “ (sic) .
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Juan Saucedo Velasco, Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- IMPROCEDENTE
- 1.2.4 Tramite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. Del Convenio Colectivo sobre pago de beneficios sociales de 10 de febrero de 2004 (fs. 378-380 de la documentación complementaria remitida),
- II.5.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- APRUEBA