SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2004-R

Fecha: 16-Jun-2004

Fragmento 6

El recurrido Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, por informe escrito de fs. 35 a 38, señaló que el supuesto acto acusado de violatorio de derechos y garantías constitucionales, es un auto interlocutorio dictado en ejecución de sentencia, por lo tanto susceptible de ser recurrido de apelación en el efecto devolutivo, razón por la cual el recurso es improcedente teniendo en cuenta su carácter subsidiario conforme han establecido las SSCC 823/2000-R, 832/2000-R, 917/2000-R, 074/2001-R, 704/2001-R entre otras, además de que la negligencia en la interposición de los recursos por las partes no puede ser cubierta por la acción de tutela sino que implica un acto tolerado.