Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2004
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2004

    Fecha: 30-Jul-2004

    IV.

    IV.     Nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal; ni la sufrirá si no ha sido impuesta por sentencia ejecutoriada y por autoridad competente. La condena penal debe fundarse en una ley anterior al proceso y sólo se aplicarán las leyes posteriores cuando sean más favorables al encausado".

    • art. 127 del CTB
    • a)
    • ,
    • revocó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • IV.
    • a) Respecto a las declaraciones juradas
    • b) En cuanto a la
    • c)  Respecto a la ejecución tributaria
    • d) En cuanto a la devolución tributaria
    • e) Respecto a la devolución impositiva a las exportaciones
    • III.5
    • cuando la Administración Tributaria hubiera comprobado que la devolución autorizada fue indebida
    • III.6
    • INFUNDADO

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca