SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2004-R

Fecha: 12-Jul-2004

III.2.

III.2.  Habiendo analizado sobre la validez de un documento transmitido vía fax, y concluido que no puede negarse la misma por haberse utilizado ese medio de comunicación, para efectos de resolver la presente problemática, también es necesario referirse al contenido del mandamiento de aprehensión, señalándose que puede ser emitido, entre otras razones, contra el procesado penalmente por no haberse hecho presente a la etapa del juicio oral no obstante haber sido legalmente citado o notificado, pues la presencia del procesado en esa etapa es imprescindible y motiva la suspensión de esta etapa, de modo que el Tribunal no puede continuar el juicio sino hasta que el procesado es puesto a disposición del tribunal que lo juzgará, a cuyo efecto éste puede emitir el mandamiento de aprehensión para que el procesado sea conducido al juzgado, vale decir, que lo hará por desobediencia o resistencia a órdenes judiciales, como dispone la norma prevista por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (CPP).