SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2004-R

Fecha: 12-Jul-2004

III.5.

III.5.  En la problemática planteada, existen dos causas por las cuales el recurrente considera lesionados sus derechos bajo protección de este recurso; la primera, referida a que fue aprehendido con un supuesto mandamiento que no cumplía con la validez legal que requieren las normas previstas por los arts. 1311 y 1523 del CC, vale decir, que el acto lesivo de sus derechos lo considera consumado a partir de que le exhibieron el mandamiento y fue aprehendido con éste, de modo que todo acto anterior que hubiera podido realizar el recurrido con anterioridad a la ejecución de dicho mandamiento queda exento del análisis del caso, por lo que partiendo de esa aclaración por una parte y, por otra, de que el recurrido no ha desconocido en su informe haber participado de la ejecución del mandamiento de aprehensión ni desconocer la detención, sino que finalmente alega no ser responsable de la aprehensión por no haber emitido el mandamiento de aprehensión, se pasa a fundamentar sobre esos puntos.