SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2004-R

Fecha: 16-Jul-2004

vías de hecho

              Dicho entendimiento jurisprudencial corresponde ser aplicado a la problemática que se analiza, por cuanto al igual que en el precedente citado, los actos de los funcionarios de la Subalcaldía de Mallasa realizados al amparo de la Resolución Municipal suscrita por el Alcalde  recurrido, constituyen actos ilegales y arbitrarios que lesionan derechos fundamentales y atentan contra la dignidad del recurrente, pues si bien la demolición se encuentra prevista dentro de las atribuciones de la autoridad demandada, la supremacía del orden constitucional exige el respeto y la observancia de garantías mínimas como las desarrolladas en los fundamentos anteriores, para que la medida de coerción sea válida, lo contrario significa incurrir en vías de hecho, inadmisibles en un estado de derecho y que ameritan la protección inmediata que brinda el amparo constitucional para que cesen las ilegalidades y actos hostiles, reponiéndose las cosas a su estado anterior, en tanto la autoridad competente dirima la controversia suscitada, evitando así daños irreparables si es que no se otorga una tutela rápida y eficaz.