SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1136/2004-R
Fecha: 23-Jul-2004
a)
El recurrente sostiene que la Autoridad judicial recurrida, ha vulnerado sus derechos a la libre locomoción, a la igualdad, a la dignidad, a la seguridad jurídica, al trabajo, a la defensa, a la presunción de inocencia y al debido proceso, ya que: a) le impuso como medida cautelar sustitutiva una fianza de Bs20.000.- en contravención del art. 241 del CPP pese a haber acreditado no contar con ningún bien mueble ni inmueble menos recursos económicos que le permitan cubrirla, y sin considerar que las anotaciones preventivas de los vehículos involucrados cubren la fianza, que no existen agravantes en su contra, que no existe querella y que el Ministerio Público no efectuó más investigaciones del hecho; b) dispuso de manera ultra petita la presentación de garantes, cuando el fiscal no pidió la aplicación de esta medida; c) no ordenó su libertad y no le dio un plazo para cumplir con las medidas impuestas, encontrándose detenido ilegal e indebidamente por más de treinta y ocho días; d) no remitió oportunamente los antecedentes ante la Corte Superior en mérito a la apelación que interpuso de su parte. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la Autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.8.
- a)
- III.1.
- III.2.
- lo que importa en una precisa y correcta interpretación que no pueden imponerse de manera conjunta o dual, sino disyuntiva; es decir, que debe aplicarse una de ellas, pero no dos o todas
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- 2º