SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1179/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
III.2
III.2 De acuerdo con los antecedentes procesales, la recurrente afirma que la autoridad demandada al haber procedido de esa manera, ha vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica y a la defensa, lo que no es evidente por cuanto en su memorial de apersonamiento debió adjuntar los documentos que acrediten su interés en el proceso en calidad de heredera de la co-propietaria del inmueble que afirma era su madre, además de demostrar que es la actual poseedora del mismo; omisión por la que el Juez de la causa rechazó la recusación y su solicitud de suspensión de la audiencia fijada para la posesión impetrada. De manera que la autoridad jurisdiccional al haber actuado como lo hizo, no ha vulnerado ningún derecho fundamental de la recurrente, quien tenía la obligación de munirse de los elementos probatorios que hagan viable su pretensión, omisión que a través de este recurso intenta suplirla, sin considerar que el amparo constitucional no puede ser utilizado para suplir la negligencia de las partes.