SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1183/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
II.3.
II.3. Por OM 016/99, de 21 de mayo, el Concejo Municipal declaró de prioridad municipal la implementación del Parque Urbano Curiche “La Madre”, con una superficie de 208.411,87 m2 , derogándose los arts. 1 y 2 de la Ordenanza 025/95, excluyéndose la parte correspondiente a la UV.54, instruyendo a la Oficina Técnica del Plan Regulador incorporar al Parque urbano de Preservación las áreas transferidas al dominio público, facultándole conjuntamente con el Ejecutivo Municipal para realizar permutas de terrenos municipales con propietarios contiguos para la regularización de parcelas y las compensaciones de terrenos por sobreafectación. De igual forma, autoriza a iniciar el proceso de ordenamiento del sector, posibilitando además la inmediata atención a los proyectos de urbanización en la zona y consecuentemente la consolidación del parque, proponiendo normas básicas para su debida implementación (fs. 20 a 22).