SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
tercero interesado
Por su parte el abogado del tercero interesado Pedro Salas, expresa: 1) solicitó el pago de costas procesales no como una revancha jurídica, sino que es lo que la ley ha establecido y como persona que ganó una contienda judicial está en su derecho de pedirla, aclarando de que ha sido el Tribunal de Sentencia quien ha establecido quien debe proceder a la cancelación de las costas recayendo en el ex Fiscal, ahora recurrido quien no obstante de tener lo recursos legales para poder impugnar la sentencia absolutoria de primera instancia, no lo hizo; 2) la sentencia dictada no señaló quien debía pagar las costas judiciales por lo que suscitó una serie de incidentes en los que se determinó que quien debía hacerse cargo de tal cancelación era el ex Fiscal demandado al haber perdido el proceso penal. Asimismo consta que no planteó el recurso de reposición como tampoco observó la planilla de costas, al no hacer uso de esos medios ha aceptado tácitamente lo actuado. Sin embargo cuando se dispuso el secuestro de sus bienes recién planteó reposición cuando su derecho había precluido para interponerlo.