SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1204/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
a)
El recurrente denuncia la vulneración de sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, a la petición, a la defensa y al debido proceso, bajo los siguientes argumentos: a) los vocales recurridos anularon la Resolución de 28 de enero de 2003, a través del Auto de Vista 33/04 de 26 de enero, sin que las partes lo hayan solicitado, sin circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior que fueron apelados y pronunciándose sobre aspectos ajenos al proceso al no haberse demandado la división y partición de frutos, privándole de asumir defensa y presentar probanzas respecto a una eventual calificación de frutos. De otra parte desestimaron la concesión del recurso de casación bajo el argumento de que no se encontraría dentro de los alcances del art. 225 concordante con el 262 del CPC; b) los Ministros recurridos declararon ilegal el recurso de compulsa que presentó, en base al art. 518 del CPC cuando debió aplicarse el art. 255 inc. 1) del cuerpo legal citado teniendo en cuenta que el proceso de división y partición de bienes es un proceso sumario; c) la Jueza co-demandada emitió el decreto de cúmplase. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.