SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1204/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
II.2.
II.2. El 14 de agosto de 2002, la parte demandante solicitó la apertura de plazo probatorio para determinar y demostrar los bienes sujetos a división y partición (fs. 4), petición que mereció el decreto de 15 de agosto de 2002 que ordenó el cumplimiento del art. 237 inc. 3) y 4) del CPC por tratarse de una nueva demanda (fs,. 4 vta.). Subsanada la observación por memorial de 19 de agosto de 2002, la demandante enumeró los bienes muebles e inmuebles sujetos a división y partición consistentes en un edificio denominado “La Serena”, un depósito a plazo fijo en PRODEM por el monto de $us100.000.-, tres cuentas de ahorro y una corriente del Banco Mercantil, un televisor, un equipo de música y un sillón reclinable (fs. 6). Demanda que fue admitida por Auto de 20 de agosto de 2002 (fs. 7).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.