Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
Fragmento 5
A su turno Roberto Sánchez Becerra, Gerente Regional y Representante Legal de Albo S.A. informó a fs. 50 que para proceder a la entrega del vehículo tipo vagoneta marca Nissan Terrano, modelo 1996 color negro se rigieron al requerimiento emitido por el fiscal de Materia José Centenaro Cardozo, y a la orden emitida por el administrador de Aduana Interior Santa Cruz, Daniel Ravignon Eguino, mediante nota SCRZI 600/2004 de 30 de marzo del mismo año, quienes hicieron uso de los procedimientos legales ante las instancias correspondientes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades y persona recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- improcedente
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- agotamiento implica, no sólo la presentación del reclamo o recurso ante cualquier instancia, sino que se debe acudir a las instancias idóneas y competentes para reparar la vulneración denunciada
- depende exclusivamente de la Aduana Nacional,
- APRUEBA