SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

III.1.

III.1.  El Tribunal Constitucional ha señalado en su amplia jurisprudencia al respecto entre otras en las SSCC 225/2002-R, 840/2002-R, 1473/2002-R, 328/2003-R, 0897/2003-R, 0772/2004-R, 706/2004-R, 399/2004-R, que el amparo como garantía constitucional instituida para proteger derechos y garantías fundamentales, está regido por el principio de la subsidiariedad como se infiere claramente del art. 19 parágrafo IV de la CPE que establece: “La autoridad judicial examinará la competencia del funcionario o los actos del particular y, encontrando cierta y efectiva la denuncia, concederá el amparo solicitado siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados....”.