SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1242/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1242/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

II.7.

II.7. El 2 de enero de 2004, los ministros de la Sala Civil, con la participación del ministro de la Sala Penal Jaime Ampuero García, emitieron Auto Supremo N° 1 de 2 de enero de 2004 declarando infundado el recurso de casación, con costas, fundamentando lo siguiente: a) que al presentarse el primer proyecto por la nulidad de obrados, los otros ministros determinaron que se debía analizar el fondo del asunto, por no haber sustento legal para la nulidad de obrados; b) desestimaron las causales de casación referidas a la legitimación activa y pasiva; c) la falsedad de los documentos de fs. 2 a 5, por haber sido excluidas de la relación procesal; d) determinaron que la prueba testifical y confesoria se recibió dentro de término legal y con la facultad prevista por las normas de los arts. 207 y 389 del CPC y que no existió ninguna indefensión respecto de la prueba y su producción por haber sido legalmente citadas las partes con las mismas, (fs. 446 a 448). Con este Auto, se notificó a las partes el 6 de enero de 2004 y se devolvió el expediente al Tribunal de apelación, mediante nota de 13 de enero de 2004 (fs. 449 a 451).