SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2004-R

Fecha: 30-Ago-2004

II.4.

II.4. Por nota de 15 de febrero de 2004, la directiva de la Central Agraria de Trabajadores Campesinos de Quime, invitaron a la actora a una reunión para el 22 de febrero del mismo año, para la devolución de terrenos de uso común de la comunidad “Molino Pampa”, quien supuestamente los tendría en forma ilegal, de acuerdo a información recabada en Seminarios de la “Ley INRA”, con la advertencia de tomarse medidas “que el caso aconseje” en caso de incomparecencia (fs. 4). Invitación que derivó en el acta de transacción de 4 de marzo de 2004, en la cual la actora y dirigentes campesinos acordaron el trazo de linderos del terreno en cuestión, haciendo constar en el punto tercero que la actora procedió a la devolución de los terrenos de uso común, comprometiéndose a hacer medir los terrenos de su propiedad y los que son objeto de transacción (fs. 111).

El entendimiento anotado es aplicable al caso de autos, pues si bien la controversia suscitada entre las partes, resumida en el punto II.4. de la presente Resolución, respecto al supuesto derecho de la comunidad Molino Pampas sobre los terrenos de propiedad de la recurrente y sobre los cuales ésta ejercía quieta y pacífica posesión, debe ser dilucidada por las autoridades llamadas por ley, no es menos cierto que debe otorgarse la tutela provisional hasta que tal situación sea esclarecida; toda vez que la lesión a los derechos fundamentales invocados por la recurrente, de no otorgarse la protección, podría resultar irreparable.