SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2004-R

Fecha: 17-Ago-2004

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente señala que en ejecución del proceso ejecutivo seguido por Carlos Ayoroa Pozo contra Jorge Cabrera Cáceres y Fanny Teresa Tambo de Cabrera -ahora recurrente- por memorial de 6 de mayo de 2004 interpuso nulidad de obrados haciendo constar actos procesales viciados como el caso de las notificaciones cursantes a fs. 23 y 38 con los decretos de 27 de noviembre de 2001 y 26 de abril de 2002, que no fueron practicadas conforme dispone el art. 137 inc. 6) del CPC, lesionando su derecho a la defensa consagrado en el art. 16.II de la CPE, siendo deber del director del proceso corregir esos vicios procesales conforme previene el art. 3 incs. 1) y 3) con relación al art. 90 del CPC, al ser normas de cumplimiento obligatorio por imperio del art. 228 de la CPE; a cuyo efecto, el Juez recurrido dictó el Auto de 7 de mayo de 2004, rechazando la solicitud de nulidad de obrados; contra el cual, por memorial de 14 de mayo de 2004 interpuso recurso de apelación; el mismo que previo traslado absuelto por el ejecutante fue concedido en el efecto devolutivo por el Juez recurrido mediante Auto de 24 de mayo de 2004; restringiendo y suprimiendo así sus derechos al debido proceso y a la defensa; por lo que corresponde analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.