SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2004-R

Fecha: 17-Ago-2004

improcedente

Por Resolución cursante de fs. 19 a 20, el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso con el siguiente fundamento: aplicando el art. 96 inc. 1) de la LTC, se ha establecido que el amparo constitucional por su carácter subsidiario puede ser interpuesto únicamente cuando se han agotado los recursos ordinarios que la ley franquea a las partes, lo contrario, daría lugar a ordinarizar el recurso extraordinario y excepcional de amparo constitucional, por lo que no siendo este un medio sustitutivo de los recursos y procedimientos comunes, en el presente caso no puede ser atendido el petitorio, por no haberse agotado el trámite al que se encuentra sometido el asunto que da lugar al presente recurso.