SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1371/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1371/2004-R

Fecha: 23-Ago-2004

II.6.

II.6.   El 28 de mayo de 2004, los recurridos respondieron a la recurrente mediante nota CITE JFL 063/04 manifestando que las normas previstas por los arts. 29 de la LPNM y 56 de su reglamento prescriben que la distancia entre farmacias será de 40 m por lo que, siendo su obligación cumplir la ley, si deseaba realizar el traslado de su farmacia debía cumplirla (fs. 14).