SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1371/2004-R
Fecha: 23-Ago-2004
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo en desacuerdo con el dictamen fiscal declaró improcedente el recurso, costas y multa, con los fundamentos siguientes: a) al haber sido autorizada la farmacia de la recurrente en fecha posterior a la vigencia del DS Nº 23179 de 12 de junio de 1992, que se determinó como fecha límite para liberar a las farmacias abiertas con anterioridad del requisito de la distancia previsto por la Resolución Secretarial 0764 de 22 de agosto de 1994, la recurrente debe cumplir con ese requisito; b) no es aplicable la jurisprudencia invocada por la recurrente en la SC 172/2002-R de 27 de febrero, porque se refiere a farmacias abiertas con anterioridad al 12 de junio de 1992.